RESOLUCIÓN (MEC) Nº 823/2025 – Tasas de Interés

Mediante la mencionada norma legal, el Ministerio de Economía disminuyó las tasas de interés resarcitorios y punitorios aplicables tanto a las obligaciones fiscales y aduaneras a partir del 1° de julio, inclusive.

El porcentaje de las citadas tasas, pasa a ser el siguiente:

  • Interés resarcitorio: 2,75% mensual (tasa actual 4%), porcentaje que se aplicará a aquellas deudas que los contribuyentes y responsables no ingresen en término.
  • Interés punitorio: 3,50% mensual (tasa actual 5%), sobre los saldos impagos una vez que el Fisco inicia acciones de ejecución fiscal.
  • Interés a favor del contribuyente: para los casos de devoluciones, reintegros o compensaciones de impuestos a favor de los contribuyentes, la tasa se fija en un 0,50% mensual (tasa actual 0.75%).

Asimismo, recuerda que, para las obligaciones cuyo vencimiento hubiera operado antes del 1° de julio de 2025, resultarán de aplicación los regímenes de tasas vigentes durante cada uno de esos períodos.

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