Por medio de la Acordada N° 20, el Máximo Tribunal de Justicia procedió a adecuar la suma establecida en el segundo párrafo del artículo 242 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación (monto cuestionado en el proceso por debajo del cual serán inapelables las sentencias definitivas y las demás resoluciones), fijándolo en la suma de $3.200.000. Cabe recordar que el valor actual es de $2.100.000. El monto fijado a través de la Acordada N°20, se aplicará para las demandas o reconvenciones que se presenten a partir del mes de agosto de 2025.
Por su parte, la Acordada N° 21, establece que, a partir del primer día del mes siguiente de la publicación de la presente, la suma para el depósito regulado por el artículo 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ( cuando se interponga recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia, por denegación del recurso extraordinario), ascenderá a $1.400.000. Cabe recordar que esta última era de $900.000.
