Mediante la Resolución General N° 5656/2025, se modifica su par N° 5.321, la cual estableció
un régimen de facilidades de pago de carácter permanente que permite regularizar
obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social, multas e intereses,
en el siguiente sentido: (i) cantidad máxima de planes el cual se fijará en función del tipo de
contribuyente y plan de acuerdo con lo dispuesto en el Anexo de la norma que se modifica
(Cfr. segundo párrafo del artículo 6°), (ii) la tasa de interés de financiación (Cfr. Inciso c)
artículo 9°) y (iii) se sustituye el Anexo denominado “Condiciones de los Planes de Facilidades
de Pago”.
