El organismo recaudador a través de la RG N° 5681, prevé sustituir el Anexo denominado “CONDICIONES DE LOS PLANES DE FACILIDADES DE PAGO” de su par N° 5.321 y sus modificatorias – Plan de Pagos Permanente – a los fines de reducir los porcentajes a ingresar en concepto de “pago a cuenta obligatorio”.
La norma de la que se trata resultará de aplicación para los planes de facilidades de pago que se presenten a partir del 01/05/2025.
